Departamento en Venta en Cochabamba Al 3200
Departamento - Boedo
Información principal
- Propiedad #2472998
- U$S 105.000
- Operación Venta
- Tipo de Propiedad Departamento
- Ubicación Cochabamba Al 3200, Boedo, Capital Federal, Argentina
- Sup. Total 66,0 m²
- Sup. Cubierta 66,0 m²
- Dormitorios 2
- Baños 2
- Antigüedad 60 Años
- Estado Muy bueno
Detalles de la Propiedad
- Superficie Total 66,0 m²
- Superficie Cubierta 66,0 m²
- Tipo de Unidad -
- Antigüedad 60 Años
- Luminosidad -
- Cantidad de Ambientes 3
- Cantidad de Dormitorios 2
- Cantidad de Baños 2
- Cantidad de Cocheras 0
- Cantidad de Pisos 0
- Categoría -
- Estado Muy bueno
- Orientación Este
- Disposición Frente
- Apto Crédito -
- Apto Profesional -
- Apto Comercial -
- Moneda de las Expensas $
- Expensas 20110
Descripción
Se trata de un semipiso de 3 ambientes al frente.
Amplio living comedor, cocina independiente con muebles completos, baño completo, toilette y lavadero.
Todos los ambientes externos. Muy luminoso. Muy buen estado.
A 1 cuadra de Av. San Juan y subte línea "E".
MEDIDAS: Living: 3.20x7.07 | Cocina: 2.03x3.71 | Dormitorios: 3x3.05 // 3x3.05 | Hall de distribución: 0.94x3.20 |
PROPIEDAD OCUPADA
PRE PACTAR ENTREVISTAS
Importante leer esto --------------------------------------------------
• La presente venta se realiza “ Ad-Corpus “, las medida vertidas aquí son meramente orientativas, las definitivas surgirán del plano de subdivisión y de la escritura respectiva del bien, por lo que las enunciadas no resultan vinculantes.
• El monto de las expensas aquí especificado, fueron extraídos de la liquidación realizada por el administrador del edificio y corresponden al mes de Octubre de 2020, por lo tanto y debido a que sufren fluctuaciones mes a mes, Ud deberá solicitarnos el monto actualizado previamente a la realización de la operación.-
• El Propietario dará cumplimiento a la realización del COTI, atento a los requisitos de la resolución general N° 2371 de la AFIP.-
• El presente inmueble es accesible para personas con discapacidad física (Art 1° LEY 5.115 legislatura GCBA)