Casa en Venta en Calle 21

Información principal

  • Propiedad #4724816
  • U$S 1

  • Operación Venta
  • Tipo de Propiedad Casa
  • Ubicación Calle 21, Mercedes, Mercedes, Interior Buenos Aires, Argentina

  • Sup. Total 548 m²
  • Sup. Cubierta 300 m²
  • Dormitorios -
  • Baños -
  • Antigüedad 100 Años
  • Estado A Refaccionar

Detalles de la Propiedad

  • Superficie Total 548 m²
  • Superficie Cubierta 300 m²
  • Frente -
  • Fondo -
  • Tipo de Unidad -
  • Cantidad de Ambientes -
  • Cantidad de Dormitorios -
  • Cantidad de Baños -
  • Cantidad de Cocheras -
  • Cantidad de Pisos -
  • Antigüedad 100 Años
  • Categoría -
  • Estado A Refaccionar
  • Orientación -
  • Luminosidad -
  • Apto Crédito -
  • Apto Profesional -
  • Apto Comercial -
  • Moneda de las Expensas -
  • Expensas -

Datos del edificio

  • Categoría del Edificio -
  • Estado del Edificio -
  • Tipo de Balcón -
  • Unidades en el Edificio -
  • Pisos en el Edificio -
  • Unidades por Piso -
  • Ascensores -
  • Ascensores de Servicio -
  • Entrada de Servicio -
  • Tipo de Edificio -

Descripción

ANTIGUA CASONA CÉNTRICA PARA RECICLAR
ÚNICA EN VENTA EN SU ESTILO
SOBRE TERRENO DE 548 M2 CON 18 METROS DE FRENTE
SUPERFICIE CUBIERTA TOTAL DE 300 M2


Conforme Ordenanza de Zonificación. Modificada por Ordenanza Nº 5673 y sus modificatorias, se emplaza en zona: C.A.F. : (Comercial - Administrativa y Financiera)

CARACTER:
Zona donde se localiza el equipamiento del Gobierno comunal, administrativo y financiero principal a escala de la ciudad y zona de influencia, con un fuerte equipamiento comercial, cultural y de divertimento.
Posee toda la infraestructura de Servicios.

DELIMITACIÓN:
Está dada por las manzanas que están comprendidas desde la Av. 30 a Av. 16 y desde Av. 29 a Av. 17 y de Av. 16 a calle 10 entre Av. 29 y calle 25 conformada por las siguientes manzanas y parcelas.
Mz: 152 a 157 / 174 a 179 / 197 a 202 / 220 a 225 / 241 a 246 / 264 a 269 / 287 a 292.-
Está constituida por las parcelas sobre Av. 29 de las Mz 151, 173, 196, 219, 240, 263 y 286 y la intersección de la Av. 29 y Av. 16. Parcela 5a. de la Mz 309.
La intersección de la Av. 29 con la Av. 30 la parcela 12 de la Mz 125.
Sobre Av. 30 los frentes de las Mz: 126 a 131 y la intersección de Av. 30 con Av. 17 la parcela 16 b de la Mz: 132.
Por Av. 17 los frentes de las parcelas de las Mz: 158/180/203/226/247/270/293 y en la intersección de la Av. 17 y 16 la parcela 1a. de la Mz 316.
Por Av.16 los frentes de las parcelas de las manzanas: 310 a 315.
También las parcelas de las manzanas: 310, 311, 334, 335, 358 y 359 y todas las parcelas con frente a avda. 29 de las manzanas 309, 333 y 357, también todas las parcelas con frente a calle 25 de las manzanas 312, 336 y 360.

USOS PERMITIDOS:
Comercial, administrativo y financiero.
Comercios de sustancias alimenticias si no superan los 300 m2 cubiertos incluidas todas las áreas, menos los estacionamientos.
Vivienda y estacionamientos, deportes cubiertos (paddle - tenis - squash), gimnasios deportivos con o sin máquinas - gimnasio gim).

DENSIDAD: (D.N.) 600 hab/hect.

SUBDIVISIÓN:
Frente mínimo de parcela: 20 mts. Superficie mínima de parcela: 600 mts2.

INDICADORES URBANÍSTICOS:
F.O.S.: 0,6; F.O.T.: para vivienda 2,5; F.O.T.: comercial - administrativo - financiero : 3,0.

ESTACIONAMIENTO:
En la construcción de edificios multifamiliares deben proveerse espacios para estacionamiento o cochera con una superficie mínima de 3,50 m2. por persona.
Los edificios de uso institucional o administrativos será obligatorio prever estacionamiento mínimo equivalente al 50 % del F.O.S.
En los casos de estos usos administrativos cuyas parcelas sean menores de 12,00 m de frente, esta Municipalidad podrá autorizar la excepción de esta obligatoriedad; no así para el uso residencial que será obligatorio en todos los casos prever lugar para estacionamiento dentro de los límites de la parcela ubicado en radio de hasta 200 mts. contados a partir del perímetro del respectivo edificio multifamiliar Art. 1ro. Del decreto 1549 - Reglamentario del art. 49 del Decreto Ley 8.912.


Forma de Pago y Condiciones
CONTADO