Departamento en Alquiler en Craig Al 800
2 ambientes en Parque Chacabuco
Información principal
- Propiedad #5042813
- $ 380.000
- Operación Alquiler
- Tipo de Propiedad Departamento
- Ubicación Craig Al 800, Parque Chacabuco, Capital Federal, Argentina
- Sup. Total 40 m²
- Sup. Cubierta 39 m²
- Dormitorios 0
- Baños 1
- Antigüedad 10 Años
- Estado -
Detalles de la Propiedad
- Superficie Total 40 m²
- Superficie Cubierta 39 m²
- Tipo de Unidad -
- Antigüedad 10 Años
- Luminosidad -
- Cantidad de Ambientes 2
- Cantidad de Dormitorios 0
- Cantidad de Baños 1
- Cantidad de Cocheras 0
- Cantidad de Pisos 0
- Categoría -
- Estado -
- Orientación Oeste
- Disposición Contrafrente
- Apto Crédito -
- Apto Profesional -
- Apto Comercial -
- Moneda de las Expensas $
- Expensas 55000
Ambientes
- Living
- Cocina
- Balcón
Descripción
Departamento de 2 Ambientes en Parque Chacabuco
Craig, entre Av. Directorio y Zuviría
A una cuadra de Estación José María Moreno del Subte D
• Muy Luminoso, con Balcón
• Living Comedor con Cocina integrada
• Dormitorio con Placar
• Baño completo con bañera y ventilación natural
• Agua Caliente central
• 2 Aires acondicionados frío / calor: uno en living y otro en dormitorio
• Expensas febrero 2024 con vencimiento marzo= $49413,04
Según art. 1° de la Ley 5115 C.A.B.A. el inmueble ofrecido se clasifica como accesible.
Información importante:
Los planos, medidas, fotos y valores de expensas, impuestos y/o servicios informados en este anuncio son aproximados. Los mismos han sido provistos por el propietario y pueden quedar desactualizados por el transcurso del tiempo.
Martillero responsable: Hugo Roberto Torres, CUCICBA Matrícula Nº943 | Lucas Mariano Torres, CUCICBA Matrícula Nº8357
Artículo 4° Ley 2340- Ente responsable. La matrícula de los corredores inmobiliarios estará a cargo del ente público no estatal, con independencia funcional de los poderes del Estado que se crea por esta ley.
Ley 5115 - publicación de accesibilidad a los inmuebles.
Artículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.
Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible"
Art. 10 de Ley 2340 "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".-