Departamento en Alquiler Temporal en Thames Al 1800

2 Amb - PALERMO - Thames 1800 - $520.000 PAQUETE

Información principal

  • Propiedad #5077511
  • $ 520.000

  • Operación Alquiler Temporal
  • Tipo de Propiedad Departamento
  • Ubicación Thames Al 1800, Palermo, Capital Federal, Argentina

  • Sup. Total 42 m²
  • Sup. Cubierta 42 m²
  • Dormitorios 1
  • Baños 1
  • Antigüedad 40 Años
  • Estado Bueno

Detalles de la Propiedad

  • Superficie Total 42 m²
  • Superficie Cubierta 42 m²
  • Tipo de Unidad -
  • Antigüedad 40 Años
  • Luminosidad -
  • Cantidad de Ambientes 2
  • Cantidad de Dormitorios 1
  • Cantidad de Baños 1
  • Cantidad de Cocheras 0
  • Cantidad de Pisos 1
  • Categoría -
  • Estado Bueno
  • Orientación Este
  • Disposición Frente
  • Apto Crédito -
  • Apto Profesional -
  • Apto Comercial -
  • Moneda de las Expensas $
  • Expensas 0

Ambientes

  • Cocina
  • Balcón

Descripción

ALQUILER TEMPORARIO DISPONIBLE AMUEBLADO




VALOR: $520.000.- PAQUETE (EXPENSAS, LUZ, GAS, AGUA, ABL E INTERNET WIFI)




CAPACIDAD: 2 PERSONAS




SE TRATA DE UN AMPLIO DEPARTAMENTO DE 2 AMBIENTES MUY LUMINOSO, EQUIPADO Y AMOBLADO PARA 2 PERSONAS EN EL BARRIO DE PALERMO (CERCA DE AV. CORDOBA Y AV. RAUL SCALABRINI ORTIZ)




COLECTIVOS: 34, 36, 39, 55, 111, 166



REQUISITOS DE INGRESO:




- MES DE ALQUILER POR ADELANTADO




- MES DE DEPOSITO EN GARANTIA (REEMBOLSABLE)




- MES DE HONORARIOS




- CERTIFICADO DE ESTUDIO/TRABAJO/TITULO PROFESIONAL



















**Corredor Inmobiliario Responsable Adrian Ridelnik CUCICBA Mat 197.**
*Se deja constancia que las medidas y superficies indicados son aproximados y al sólo efecto orientativo. Las medidas reales surgirán del título de propiedad respectivo. Las medidas parciales y/o de los ambientes y el valor consignado de expensas mensuales, servicios y ABL está sujeto a verificación y/o ajuste. Art.4 de la Ley 5.859 de C.A.B.A "Para los casos de alquiler de vivienda única, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias cuando el destino sea vivienda única y permanente ".-